Artículo 25 de la Ley de Áreas Protegidas
Convenio internacional
Título II. De la conservacion de la flora y fauna silvestre y de su habitat · Capítulo III. Conservacion de la flora y fauna silvestre
Instituto Nacional de Bosques · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los listados de especies de flora y fauna de los apéndices I y II del Convenio Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre, Decreto 63-79 del Congreso de la República, según sean aprobados por las partes contratantes se consideran oficiales para Guatemala, salvo reserva expresa de la autoridad administrativa guatemalteca del convenio. Las modificaciones, adiciones, eliminaciones, reservas o cambios se publicarán en el Diario Oficial.