Artículo 46del Ley de Bancos y Grupos Financieros
A empresas del grupo financiero
Título V. Prohibiciones y limitaciones · Capítulo I. Prohibiciones
A las empresas del grupo financiero les está prohibido:
a)Otorgar financiamiento directo o indirecto para la adquisición de acciones representativas de su capital, de la empresa controladora, de la empresa responsable o de cualquier otra empresa financiera del grupo al que pertenezca;
b)Efectuar operaciones financieras o de prestación de servicios entre sí, en condiciones de plazo, tasas, montos, garantías y comisiones diferentes a las que utilicen en operaciones similares con terceros. La Junta Monetaria reglamentará las operaciones que podrán efectuar dichas entidades entre sí; y,
c)Realizar operaciones y prestar servicios financieros que la Junta Monetaria considere incompatibles con el negocio financiero.