LCE · Artículo 42

Artículo 42del Ley de Contrataciones del Estado

Aplicación supletoria

Título III. Regimen de licitacion y cotizacion publica · Capítulo II. Regimen de cotizacion

Las disposiciones en materia de licitación, regirán supletoriamente en el régimen de cotizaciones en lo que fueren aplicables.

Cómo citar

Art. 42, Ley de Contrataciones del Estado de Guatemala (Decreto 57-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-42/

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Fuente

Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.