Artículo 119del Ley de Propiedad Industrial
Resolución sobre la solicitud de patente
Título III. Invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales · Capítulo I. Invenciones · Sección Dos. Procedimiento de concesion
Cumplidos los trámites y requisitos que establece esta ley, el Registro resolverá sobre la solicitud de patente. Si ésta fuere rechazada total o parcialmente, la resolución respectiva deberá contener los motivos y fundamentos jurídicos de tal rechazo.
Si la patente se otorgara parcialmente, el Registro ordenará en la resolución misma que el solicitante presente, dentro de los tres (3) meses siguientes a la motivación de la resolución, el documento relacionado con las reivindicaciones, de conformidad con la aprobación.
La inscripción deberá contener:
a)El número del expediente;
b)La fecha de presentación de la solicitud;
c)El nombre y domicilio del solicitante y del inventor;
d)El símbolo o símbolos de clasificación, cuando se hubiesen asignado;
e)El nombre de la invención;
f)Un resumen, en los términos que establece el artículo 112 de esta ley;
g)Un dibujo representativo de la invención, si lo hubiere, seleccionado por el Registro;
h)El país u oficina, fecha y número de solicitudes cuya prioridad se hubiesen reclamado; e
i)La firma y sello del Registrador. *Reformado por el Artículo 60, del Decreto Del Congreso Número 11-2006 el 30-05-2006