Artículo 31del Ley de Propiedad Industrial
Vigencia del registro y renovación
Título II. De las marcas y otros signos distintivos · Capítulo I. De las marcas · Sección Tres. Vigencia, renovacion y modificacion del Registro
El registro de una marca tendrá vigencia por diez años, contados a partir de la fecha de la inscripción. Podrá renovarse indefinidamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, contados a partir de la fecha del vencimiento precedente.