LPI · Artículo 159

Artículo 159del Ley de Propiedad Industrial

Vigencia del registro

Título III. Invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales · Capítulo III. Diseños industriales · Sección Dos. Procedimiento de Registro

El registro de un diseño industrial tendrá vigencia por un plazo de diez años, contado a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Cómo citar

Art. 159, Ley de Propiedad Industrial de Guatemala (Decreto 57-2000), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-159/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley de Propiedad Industrial (Decreto 57-2000 del Congreso de la República). Texto según Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.