Artículo 22 de la Ley del RIC
Oficina de Apoyo Social
Título II · Capítulo Único. Organización del Registro de información catastral
Registro de Información Catastral · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cada Dirección Municipal de Registro de Información Catastral contará con una Oficina de Apoyo Social, cuya función primordial será la de asistir a las comunidades o personas individuales en la solución de sus problemas catastrales cuando ellos no tengan la capacidad de resolverlos por sí mismos y así lo soliciten. El Reglamento de la presente Ley establecerá su estructura y funcionamiento.