Artículo 8del Ley Forestal
Apoyo de las Municipalidades
Título II. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley · Capítulo I. Disposiciones generales
Las Comisiones de Medio Ambiente de las Municipalidades con delegación específica del Alcalde, serán las encargadas de apoyar al Instituto Nacional de Bosques en la aplicación de la presente ley y su reglamento, en ningún caso serán instancias de decisión a excepción de las disposiciones contempladas en la presente ley.
Para el efecto las municipalidades deberán:
a)Apoyar al INAB en el cumplimiento de sus funciones;
b)Coadyuvar en la formulación y realización de programas educativos forestales en su municipio; y,
c)Ser portavoces en sus comunidades de las políticas, estrategias y programas que el INAB diseñe para su municipio.