LFor · Artículo 85

Artículo 85del Ley Forestal

Reglamento del Fondo Forestal Privativo

Título VII. Del fomento de la forestacion, reforestacion, desarrollo rural e industrias forestales · Capítulo III. Del fondo forestal privativo

El Reglamento del Fondo Forestal Privativo será elaborado conjuntamente entre el Instituto Nacional de Bosques y el Ministerio de Finanzas Públicas, aprobado mediante Acuerdo Gubernativo.

Cómo citar

Art. 85, Ley Forestal de Guatemala (Decreto 101-96), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-forestal/articulo-85/

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Fuente

Ley Forestal (Decreto 101-96 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.