Artículo 95del Ley de Actualización Tributaria (ISR)
Pago del impuesto
Libro I. Impuesto sobre la renta · Título IV. Rentas de capital, ganancias y pérdidas de capital · Capítulo VII. Gestión del impuesto
En el caso que no se efectúe retención, el contribuyente debe liquidar y pagar el impuesto a la Administración Tributaria, en el plazo de los primeros diez (10) días del mes inmediato siguiente a aquel en que se recibió el pago, acreditamiento o abono bancario en dinero.
Las ganancias de capital deben liquidarse y pagarse por el contribuyente dentro de los primeros diez (10) días del mes inmediato siguiente a aquel en que se dio su surgimiento.