Artículo 22del Ley PINA
Adopción
Libro I. Disposiciones sustantivas · Título II. Derechos humanos · Capítulo I. Derechos individuales · Sección V. Derecho a la familia y a la adopción
El Estado reconoce la institución de la adopción de los niños, niñas y adolescentes debiendo garantizar que en el ejercicio de ésta se atienda primordialmente a su interés superior y conforme a los tratados, convenios, pactos y demás instrumentos internacionales en esta materia aceptados y ratificados por Guatemala.