Artículo 54del Constitución
Adopción
Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección Primera. Familia
El Estado reconoce y protege la adopción. El adoptado adquiere la condición de hijo del adoptante. Se declara de interés nacional la protección de los niños huérfanos y de los niños abandonados.