Artículo 50del Constitución
Igualdad de los hijos
Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección Primera. Familia
Todos los hijos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos. Toda discriminación es punible.
Igualdad de los hijos
Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección Primera. Familia
Todos los hijos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos. Toda discriminación es punible.
Art. 50, Constitución de Guatemala (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985), texto al 30 de junio de 2024, codicegt.com/constitucion/articulo-50/
Constitución (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 30 de junio de 2024.