Artículo 97del Ley PINA
Principios
Libro II. Disposiciones organizativas · Título Único. Organismos de protección integral · Capítulo V. Policía nacional CIVIL
La Unidad especializada de la Niñez y Adolescencia desarrollará programas de capacitación y asesoría de conformidad con los siguientes principios:
a)Respeto irrestricto a la legislación nacional, así como a los tratados internacionales en materia de derechos humanos de la niñez y adolescencia, aceptados y ratificados por el Estado de Guatemala.
b)Protección y atención especializada de conformidad con el interés superior de niños, niñas y adolescentes.
c)Naturaleza civil y vocación de servicio a la comunidad, abierto a rendir cuentas de sus actuaciones, principalmente en el control y prevención del delito contra niños, niñas y adolescentes y los cometidos por adolescentes.
d)Alto contenido técnico y humano en el desempeño de sus funciones.