Artículo 14del Ley contra la Violencia Intrafamiliar
El presente decreto entrará en vigencia a los treinta días de su publicación en el diario oficial.
El presente decreto entrará en vigencia a los treinta días de su publicación en el diario oficial.
Art. 14, Ley contra la Violencia Intrafamiliar de Guatemala (Decreto 97-96), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-violencia-intrafamiliar/articulo-14/
Ley contra la Violencia Intrafamiliar (Decreto 97-96 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.