Artículo 1323del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título II. De las obligaciones sus modalidades y efectos · Capítulo I. Disposiciones preliminares
En las obligaciones de hacer, el incumplimiento del obligado da derecho al acreedor para hacer por si o por medio de tercero, a costa del deudor, lo que se hubiere convenido, si la calidad del ejecutante fuere indiferente.