Artículo 1829del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título IV. De la compraventa · Capítulo III. De las obligaciones del comprador
En las ventas a plazos la retención a que se refiere el artículo anterior, comenzará por el último vencimiento estipulado en el contrato y los que le precedan, hasta completar la cantidad cuya retención haya sido autorizada judicialmente.