Artículo 104 del Código de Comercio
Indivisibilidad de las Acciones
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo VI. De la Sociedad Anónima · Sección Segunda. De las acciones
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las acciones son indivisibles.
En caso de copropiedad de una acción los derechos deben ser ejercitados por un representante común. Si el representante común no ha sido nombrado, las comunicaciones y las declaraciones hechas por la sociedad a uno de los copropietarios son válidas.
Los copropietarios responden solidariamente de las obligaciones derivadas de la acción.