Artículo 108 del Código de Comercio
Acciones
Reformado
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo VI. De la Sociedad Anónima · Sección Segunda. De las acciones
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las acciones deberán ser nominativas. Las sociedades anónimas constituidas antes de la vigencia de la Ley de Extinción de Dominio, cuyo pacto social les faculte a emitir acciones al portador y tengan pendiente la emisión de acciones, deberán realizarla únicamente con acciones nominativas.
Historial de reformas
- 2011
Reformado
Decreto 55-2010, art. 71
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: *Reformado por el Artículo 71, del Decreto Número 55-2010 el 29-06-2011