Artículo 204 del Código de Comercio
En Sociedades Accionadas
Reformado
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo VIII. Aumento y reduccion de capital
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En las sociedades accionadas se podrá acordar el aumento de capital autorizado mediante la emisión de nuevas acciones o por aumento del valor nominal de las acciones; en ambos casos, las acciones deberán ser nominativas.
La emisión, suscripción y pago de acciones dentro de los límites del capital autorizado, se regirán por las disposiciones de la escritura social. En todo caso, la emisión de acciones deberá realizarse únicamente con acciones nominativas.
Historial de reformas
- 2011
Reformado
Decreto 55-2010, art. 73
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: *Reformado por el Artículo 73, del Decreto Número 55-2010 el 29-06-2011