Artículo 321 del Código de Comercio
Aviso de Venta a Plazo
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título II. Auxiliares de los comerciantes · Capítulo V. Comisionistas
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Si el comisionista, con la debida autorización, vendiere a plazos, deberá avisarlo así al comitente, participándole los nombres de los compradores. Si no lo hiciere, se entenderá en sus relaciones con el comitente, que las ventas fueron al contado.