Artículo 642 del Código de Comercio
Ejecutoria
Libro III. De las cosas mercantiles · Título II. De los procedimientos · Capítulo III. De la cancelacion, la reposicion y la reivindicacion de los titulos de credito
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La resolución de cancelación causará ejecutoria treinta días después de la fecha de su notificación, si el título ya hubiere vencido, y treinta días después de la fecha del vencimiento, si no hubiere vencido aún.