Artículo 778 del Código de Comercio
Derechos del fideicomisario
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo V. Fideicomiso
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El fideicomisario tiene los derechos siguientes:
1º.Ejercitar los que se deriven del contrato o acto constitutivo.
2º.Exigir al fiduciario el cumplimiento del fideicomiso.
3º.Pedir la remoción del fiduciario por las causas señaladas en el artículo 786 de este Código.
4º.Impugnar los actos que el fiduciario realice de mala fe o en infracción de las disposiciones que se rijan al fideicomiso y exigir judicialmente que se restituyan al fiduciario de los bienes que, como consecuencia de estos actos, hayan salido del patrimonio fideicometido.
5º.Revisar, en cualquier tiempo, por sí o por medio de las personas que designe, los libros, cuentas y comprobantes del fideicomiso, así como mandar a practicar auditoría.