Artículo 81 del Código de Comercio
Aportación Integra del Capital
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo V. De la Sociedad de Responsabilidad Limitada
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
No podrá otorgarse la escritura constitutiva de la sociedad, mientras no conste de manera fehaciente que el capital ha sido íntegra y efectivamente pagado.
Si se otorgare la escritura constitutiva sin esa circunstancia, el contrato será nulo y los socios serán ilimitada y solidariamente responsables de los daños y perjuicios que por tal razón se causaren a terceros.