Artículo Final VII del Código de Comercio
Capítulo II. Disposiciones derogatorias y modificatorias
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Todas las sociedades anónimas, aún aquellas a las que se refiere el artículo 12 de este Código, podrán no tener estatutos. La inscripción en el Registro Mercantil de las sociedades a que se refiere el artículo 12 antes mencionado, se hará después que lo autorice la entidad fiscalizadora que corresponda, según sus leyes especiales.