Artículo 13del Código de Salud
De sus funciones
Libro I. Disposiciones generales · Título Único · Capítulo III. Consejo nacional de salud
El Consejo Nacional de Salud, tendrá las funciones siguientes:
a)Promover mecanismos de coordinación entre las instituciones que conforman el Sector, a fin de asegurar la eficiencia y eficacia con sentido de equidad de las acciones de salud que las mismas desarrollan.
b)Brindar asesoría al Ministerio de Salud, en la formulación y evaluación de políticas y estrategias y en el desarrollo de planes nacionales de salud de carácter sectorial e institucional.
c)Otras funciones que le asigne el Ministerio de Salud.