CT · Artículo 370

Artículo 370del Código de Trabajo

Título Undécimo. Procedimiento Ordinario · Capítulo Décimo. Segunda Instancia

El Tribunal de Segunda Instancia cuando lo estime indispensable podrá hacer uso de la facultad que confiere el artículo 357.

Cómo citar

Art. 370, Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), texto al 15 de octubre de 2018, codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-370/

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Fuente

Código de Trabajo (Decreto 1441 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 15 de octubre de 2018.