Artículo 87del Código de Trabajo
Título Segundo. Contratos y Pactos de Trabajo · Capítulo Octavo. Terminación de los Contratos de Trabajo
A la expiración de todo contrato de trabajo, por cualquier causa que éste termine, el patrono debe dar al trabajador un documento que exprese únicamente:
a)La fecha de su entrada y de su salida;
b)La clase de trabajo ejecutado; y
c)El salario ordinario y extraordinario devengado durante el último período de pago.
Si el trabajador lo desea, el certificado debe determinar también:
a)La manera como trabajó; y
b)La causa o causas de la terminación del contrato.