CT · Artículo 86

Artículo 86del Código de Trabajo

Título Segundo. Contratos y Pactos de Trabajo · Capítulo Octavo. Terminación de los Contratos de Trabajo

El contrato de trabajo termina sin responsabilidad para las partes por alguna de las siguientes causas:

a)Por el advenimiento del plazo en los contratos a plazo fijo y por la conclusión de la obra en los contratos para obra determinada;

b)Por las causas legales expresamente estipuladas en él; y

c)Por mutuo consentimiento.

Cómo citar

Art. 86, Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), texto al 15 de octubre de 2018, codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-86/

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Fuente

Código de Trabajo (Decreto 1441 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 15 de octubre de 2018.