Artículo Final IIIdel Código de Trabajo
Título Decimoctavo. Disposiciones Finales · Capítulo Segundo. Disposiciones Derogatorias y Finales
Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Diario Oficial.
Título Decimoctavo. Disposiciones Finales · Capítulo Segundo. Disposiciones Derogatorias y Finales
Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Diario Oficial.
Art. Final III, Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), texto al 15 de octubre de 2018, codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-f3/
Código de Trabajo (Decreto 1441 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 15 de octubre de 2018.