Artículo 15del Código Municipal
Vecindad de guatemalteco en el extranjero
Título II. Poblacion y territorio · Capítulo I. Poblacion
El guatemalteco que por razones de trabajo, profesión, estudios u otra causa similar, radica temporalmente en el extranjero, mantendrá su condición de vecino de la última circunscripción municipal en que aparezca inscrito como tal.