Artículo 41del Código Civil
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título I. De las personas · Capítulo III. Del domicilio
La vecindad es la circunscripción municipal en que una persona reside y se rige por las mismas leyes que el domicilio.
La vecindad confiere iguales derechos e impone las mismas obligaciones locales a guatemaltecos y extranjeros.