Artículo 531del Código Procesal Penal
Atribuciones de las secciones
Derogado
Título I. Disposiciones complementarias · Capítulo II. Servicio público de defensa penal · Sección Primera. Defensa penal
Son atribuciones de la secciones del Servicio Público de Defensa Penal:
1)Comunicar a los tribunales de su circunscripción la lista de abogados de su sección para que por riguroso turno u otro sistema análogo sean designados abogados de oficio.
2)Atender los asuntos urgentes, hasta tanto el abogado que se designe tome intervención en el caso.
3)Facilitar a los abogados defensores el cumplimiento de su función.
4)Elaborar una memoria anual sobre el servicio prestado, que remitirán a la Dirección General del Servicio Público de Defensa Penal.
5)Denunciar a dicha Dirección General de las faltas en el servicio.
(DEROGADO por el Artículo 63 del Decreto 129-97 del Congreso de la República, Ley del Servicio Público de Defensa Penal).