CPRG · Artículo Transitorio 20

Artículo Transitorio 20del Constitución

Epígrafes

Título VIII. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo Único. Disposiciones transitorias y finales

Los epígrafes que preceden a los artículos de esta Constitución, no tienen validez interpretativa y no pueden ser citados con respecto al contenido y alcances de las normas constitucionales.

Cómo citar

Art. Transitorio 20, Constitución de Guatemala (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985), texto al 30 de junio de 2024, codicegt.com/constitucion/articulo-t20/

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Fuente

Constitución (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 30 de junio de 2024.