Artículo 37 de la Ley de Adopciones
Orientación
Título II · Capítulo IV. Proceso de orientación
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El proceso de orientación a la adopción consiste en un proceso de información y asesoría profesional e individual, dirigida por el Equipo Multidisciplinario con el objeto de informar sobre los principios, derechos y consecuencias de la adopción, este proceso debe hacerse constar dentro del expediente.
El reglamento de esta ley establecerá el procedimiento que debe aplicarse.