Artículo 120del Ley de Amparo
Competencia
Título Cuatro. Constitucionalidad de las leyes · Capítulo Tres. Tramitación de inconstitucionalidad en casos concretos
. En casos concretos, la persona a quien afe cte dire ctamente la inconstitucionalidad de una ley puede plantearla ante el tribunal que corresponda según la materia. El tribunal asume el carácter de tribunal constitucional.
Si se planteare inconstitucionalidad en un proceso seguido ante un juzgado menor, éste se inhibirá inmediatamente de seguir conociendo y enviará los autos al superior jerárquico que conocerá de la inconstitucionalidad en primera instancia.