Artículo 117del Ley de Amparo
Inconstitucionalidad de una ley en casación
Título Cuatro. Constitucionalidad de las leyes · Capítulo Dos. Inconstitucionalidad en casos concretos
La inconstitucionalidad de una ley podrá plantearse en casación hasta antes de dictarse sentencia. En este caso, la Corte Suprema de Justicia, agotado el trámite de la inconstitucionalidad y previamente a resolver la casación, se pronunciará sobre la inconstitucionalidad en auto razonado. Si la resolución fuere apelada, remitirá los autos a la Corte de Constitucionalidad.
También podrá plantearse la inconstitucionalidad como motivación del recurso y en este caso es de obligado conocimiento.