LAM · Artículo 23

Artículo 23del Ley de Armas y Municiones

Director y Subdirector General

Título II. DIGECAM · Capítulo Único

El Director y Subdirector General de Control de Armas y Municiones -DIGECAM-, será nombrado por el Ministro de la Defensa Nacional.

Cómo citar

Art. 23, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-23/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley de Armas y Municiones (Decreto 15-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.