Artículo 17 de la Ley de Orden Público
Capítulo V. Del Estado de sitio
Organismo Judicial, edición del Decreto 7 con notas de reforma · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Durante el estado de sitio el Presidente de la República ejercerá el gobierno en su calidad de Comandante General del Ejército, a través del Ministro de la Defensa Nacional.