Artículo 41 de la Ley del Organismo Ejecutivo
Gobernadores departamentales
Capítulo V. Gobierno departamental
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El gobierno de los departamentos está a cargo de un Gobernador, nombrado por el Presidente de la República. También habrá un gobernador suplente.