Artículo 93 de la Ley de Competencia
Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Título III. Proceso administrativo · Capítulo II. Trámite del procedimiento administrativo y Judicial · Sección III. Impugnación de las resoluciones
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo en materia de competencia deberá conocer con exclusividad sobre la materia. El planteamiento de un proceso contencioso en materia de competencia tendrá efectos suspensivos, para evitar que se causen daños irreparables al mercado, a los consumidores, a las partes, o a la economía del país.
Dicho proceso se llevará a cabo en las condiciones y plazos contemplados en el Decreto Número 119-96 del Congreso de la República, Ley de lo Contencioso Administrativo.