LCE · Artículo 107

Artículo 107del Ley de Contrataciones del Estado

Derogatorias

Título XI · Capítulo Único. Disposiciones finales

Se derogan:

1.El Decreto 35-80 del Congreso de la República, Ley de Compras y Contrataciones.

2.El Decreto ley 12-84, de fecha 3 de febrero de 1984

3.El Decreto ley 112-85 de fecha 29 de octubre de 1985

4.El Decreto ley 124-84 de fecha 28 de diciembre de 1984

5.El Decreto 40-86 del Congreso de la República

6.El Decreto Presidencial número 436 del 21 de octubre de 1955

7.El inciso 14 del Artículo 4 del Decreto 106-71

8.El Decreto 99-87 del Congreso de la República

9.El numeral 9 del Artículo 12 del Decreto 1126 del Congreso de la República

10.Asimismo, cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto por la presente Ley y que se haya desprendido de cualquier Decreto derogado en esta Ley.

Cómo citar

Art. 107, Ley de Contrataciones del Estado de Guatemala (Decreto 57-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-107/

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Fuente

Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.