Artículo 32 de la Ley de Desarrollo Social
Desarrollo rural
Capítulo V. Política de desarrollo social y población · Sección IV. Política de desarrollo social y población en materia de migración
Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Estado, a través de los Ministerios y Secretarías relacionadas en el ámbito social y económico, promoverá el desarrollo integral de grupos familiares que viven en el área rural por medio de la creación y fomento de empleo, actividades productivas, servicios de educación y salud que los beneficien para incentivar su permanencia en sus lugares de origen.