Artículo 58 de la Ley de Educación Nacional
Preeminencia
Título IV. Modalidades de la educacion · Capítulo VI. Educacion bilingue
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La Educación en las lenguas vernáculas de las zonas de población indígena, será preeminente en cualesquiera de los niveles y áreas de estudio.