Artículo 75 de la Ley de Educación Nacional
Validez de los Estudios
Título VIII. Validez de estudios, titulos y diplomas · Capítulo Único
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La validez de los estudios realizados en los centros educativos del sistema, se acredita por medio de los certificados que cada establecimiento extienda y que avala la autoridad correspondiente del Ministerio de Educación, después de hacerse cumplido con los planes y programas de estudio autorizados.