Artículo 101 de la Ley de Educación Nacional
Otorgamiento de Plazas
Título XII. Disposiciones generales · Capítulo Único
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En el otorgamiento de plaza por parte del Ministerio de Educación, se dará estricto cumplimiento a los procedimientos establecidos en la Ley de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional.
Es obligación del Ministerio de Educación, dotar a la Junta Calificadora de Personal, de los recursos financieros, materiales, tecnológicas y humanos para su efectivo funcionamiento.