Artículo 95 de la Ley de Educación Nacional
Aplicación de la Ley
Título XII. Disposiciones generales · Capítulo Único
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las disposiciones de la presente ley, se aplicarán sin perjuicio de lo que sobre el particular y en relación a la educación dispongan otras leyes. El Ministerio de Educación, con los otros ministerios del Estado, y las entidades que tengan programas afines, actuarán para el efecto en forma coordinada.