Artículo 74 de la Ley de Emisión del Pensamiento
Capítulo VII. Del Tribunal de honor
Congreso de la República · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando algún funcionario o empleado público denuncie al autor de un impreso ante el Juez de Primera Instancia, solicitando la intervención del Tribunal de Honor, las oficinas públicas estarán obligadas a rendir los informes y exhibir los documentos que se les pidan sobre el hecho cuestionado, con excepción de los secretos militares y diplomáticos.