Artículo 77 de la Ley de Emisión del Pensamiento
Capítulo VII. Del Tribunal de honor
Congreso de la República · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El fallo del Tribunal de Honor es inobjetable y el órgano de publicidad obligado lo insertará sin anteponerle ni agregarle comentario alguno; aunque en artículo aparte podrá, si lo desea, presentar excusas o dar explicaciones al ofendido.