LPRFEP · Art. 17

Artículo 17 de la Ley de Probidad

Casos que generan responsabilidad administrativa

Capítulo III. Régimen de los funcionarios públicos

Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Sin perjuicio de los casos regulados en leyes específicas, también son casos que generan responsabilidad administrativa:

a)La inobservancia e incumplimiento de funciones, atribuciones y deberes que las disposiciones legales o reglamentarias impongan;

b)El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo o empleo, siempre que la resolución, decisión, hecho u omisión que lo genere, no constituya responsabilidad civil o penal;

c)Extender certificados o constancias que contengan datos inexactos o que sean erróneos como consecuencia de un error involuntario sin que constituya responsabilidad civil o penal;

d)La contratación de la esposa o hijos como subalternos en relación de dependencia, o la contratación de personas sin calificación necesaria cuando los cargos requieran calidades, cualidades, profesión, conocimientos o experiencias especiales, y de personas que se encuentran inhabilitadas conforme a la ley;

e)Ocultar, permitir el acaparamiento, negar o no disponer para el servicio de los usuarios, los formularios o formatos, así como, especies fiscales y otros cuyo suministro corresponda a la administración pública de su cargo; cuando se tenga la obligación de recaudar fondos o verificar los registros públicos o facilitar a los particulares el pago de sus obligaciones;

f)La negligencia o descuido en la custodia, uso o destino de bienes integrantes del patrimonio público;

g)No presentar la declaración patrimonial dentro de los plazos y con las formalidades que establece la presente Ley; y,

h)Cualquiera otra responsabilidad que establezcan la Constitución Política de la República y otras leyes.

Cómo citar

Art. 17, Ley de Probidad de Guatemala (Decreto 89-2002), codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-17/

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Fuente

Ley de Probidad (Decreto 89-2002 del Congreso de la República). Texto según Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 89-2002.

Fuente oficial: Decreto 89-2002 — Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt).

Texto del Decreto 89-2002 según la edición de la ONSEC, que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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